El Gobierno Nacional ha puesto en marcha la Ley 2454 de 2025, popularmente conocida como “Ley Lorenzo”, una normativa que redefine el ciclo de vida laboral de los caninos que prestan servicios en las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y empresas de vigilancia privada. El objetivo central es garantizar que estos animales, tras años de servicio en la detección de explosivos y seguridad, accedan a un retiro digno y a procesos de adopción supervisados.
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El origen de la normativa: justicia para “Lorenzo”
La ley surge como respuesta a la historia de Lorenzo, un canino cuya trayectoria en labores de seguridad, marcada por jornadas extenuantes bajo diversas condiciones climáticas, se convirtió en un símbolo de la necesidad de regular el bienestar animal en el sector defensa. Según un comunicado oficial emitido por la Presidencia de la República, la norma busca que “proteger a los humanos no les cueste la vida”, integrando tecnologías que, paulatinamente, puedan reemplazar ciertas tareas de riesgo.
Cambios estructurales: edad de retiro y salud
Uno de los puntos más significativos de la Ley Lorenzo es la modificación de la edad de jubilación. Anteriormente, los perros de servicio solían trabajar hasta los 8 años de edad; sin embargo, la nueva legislación establece que la edad máxima de trabajo se reduce a 6 años.
Además del retiro temprano, la normativa impone requisitos estrictos de cuidado:
- Esterilización obligatoria: Debe realizarse desde los 6 meses de edad (con especificaciones técnicas para razas grandes entre los 11 y 12 meses).
- Jornadas de descanso: Se exigen al menos 14 horas semanales de esparcimiento fuera del entorno laboral operativo.
- Planes de retiro: Las instituciones están obligadas a crear programas estructurados que aseguren la transición del animal de un entorno de trabajo a uno de hogar.
¿Cómo es el proceso de adopción de estos “héroes de cuatro patas”?
Para aquellos ciudadanos interesados en brindar un hogar a un canino jubilado del Ejército o la Policía, el proceso se ha digitalizado y estandarizado. El intendente jefe Ramiro Ballesteros, encargado del programa “Entrega a terceros”, explicó que existe un protocolo riguroso para asegurar la compatibilidad entre el perro y su nueva familia.
- Consulta del Catálogo: Se publica un inventario oficial con fotos, edad, especialidad (detección de sustancias, búsqueda y rescate o terapia) y ubicación actual del canino.
- Solicitud y Comité: Los interesados presentan su postulación vía internet o presencial. Posteriormente, un comité técnico evalúa si el adoptante cumple con las características físicas y de entorno necesarias para el ejemplar.
- Preferencia de binomio: En muchos casos, como se observó en ceremonias recientes en el Eje Cafetero, los mismos soldados que fueron guías de los perros tienen la prioridad para adoptarlos, manteniendo así el vínculo emocional desarrollado durante el servicio.
Formación y especialidades
El ciclo de vida de estos animales comienza en criaderos especializados de la Fuerza Pública. Según el intendente Ballesteros, el entrenamiento inicia desde el nacimiento, y a los 8 meses ingresan a la escuela para la asociación de sustancias. Solo aquellos que superan las pruebas al año de edad son entregados a las unidades nacionales en especialidades como Detección de Explosivos, Seguridad y Combate, y Perros de Terapia.
Con la implementación de la Ley Lorenzo, Colombia se posiciona como un referente regional en la protección de animales de servicio, garantizando que su lealtad sea retribuida con un descanso supervisado y un hogar responsable.