La Ley de CAS con derechos está en marcha. Pero no solo se otorgará a los trabajadores CAS el pago de la gratificación (julio y diciembre) y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), sino que se cambia el detalle de los contratos a plazos determinados e indeterminados.
Así, con la promulgación de la norma habrá tres tipos de contrato CAS: a plazo indeterminado, a plazo determinado y supeditado a la confianza.
Sin embargo, el cambio más notorio dentro de esto, es que los CAS a plazo determinado solo podrán renovarse hasta por un periodo de cinco años. Luego de esto, el contrato se considerará nulo.

Con la promulgación de la Ley de CAS con derechos (’grati’ y CTS), la duración del contrato administrativo de servicios a plazo determinado “no podrá ser mayor al período que corresponde al año fiscal respectivo”.
Es decir, un trabajador CAS en enero de 2026 solo podrá tener un contrato hasta ese año. No se precisa más, pero inclusive si un CAS entrara a trabajar a medio año, esto tendría que hacerse así.
Además de esto, este plazo de trabajo por un año (máximo), podrá “prorrogarse o renovarse anualmente siempre que persista el motivo de su contratación y se cuente con la disponibilidad presupuestaria, conforme con las disposiciones normativas vigentes en las leyes anuales de presupuesto del sector público”. Pero esta prórroga solo podrá darse, salvo la suplencia, por un plazo máximo de cinco años.

¿Y qué pasa entonces con el trabajador? “Cuando se demuestre que en un contrato administrativo de servicios a plazo determinado se supera el plazo máximo de prórrogas o renovaciones, el plazo que exceda el plazo máximo es nulo”.
Asimismo, en ese caso, el servidor recibe como única reparación por el daño sufrido una indemnización por el equivalente a una y media remuneración ordinaria mensual por cada año completo de servicios bajo un contrato nulo con un máximo de 12 compensaciones mensuales. “Esta compensación es adicional a las compensaciones recibidas por un servicio efectivamente realizado. Las fracciones de año se abonan por dozavos y las fracciones del mes por treintavos según corresponda. Su abono procede superado el período de prueba”, aclara el texto.

Como se sabe, la Ley tiene hasta el martes 14 de abril para promulgarse. Así cambiará la norma los plazos del contrato CAS:
- A plazo indeterminado: Es aquel contrato administrativo de servicios, que previo concurso público de mérito, se celebra por tiempo indeterminado para el desarrollo de actividades permanentes
- A plazo determinado: Para suplencia, actividades permanentes de necesidad transitoria, actividades temporales de necesidad transitoria, actividades de emergencia de necesidad transitoria y para actividades en programas y proyectos especiales de necesidad transitoria
- Supeditado a la confianza: Para realizar actividades en el entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos a cuya permanencia está condicionada. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta elfuncionario que lo designa, pero sujeto a la acreditación de los requisitos mínimos del puesto.
Cabe indicar que los trabajadores CAS a plazo determinado en el Perú son personas contratadas bajo el régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS), una modalidad laboral utilizada en el sector público. Este tipo de contrato establece una relación laboral temporal entre el trabajador y el Estado, con una duración específica fijada en el documento de contratación. Los trabajadores CAS no tienen estabilidad laboral y sus derechos difieren de los regímenes laborales tradicionales del sector público.